Dirección de Ética establece que el traslado de los equipos contaba con los permisos y el aval de los controles internos
SANTO DOMINGO.- Tras el dictamen de la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), fueron citados ante el Departamento de Investigaciones sobre Propiedad Intelectual, Crímenes y Delitos de Alta Tecnología de la Fiscalía del Distrito Nacional, los comunicadores Francisco Alcántara Sánchez y José Alcántara Sánchez, acusados por difamación e injuria en perjuicio del encargado de Servicios Generales de la Dirección General de la Dirección General de Migración, Tomás Alexander Santana.
“El retiro de los bienes está respaldado por solicitudes formales, en apego al procedimiento y manuales establecidos por la Dirección Administrativa de la Dirección General de Migración, así como el transporte utilizado para tales fines”, indica el dictamen, con el que, de acuerdo a la abogada Anny Elizabeth Guzmán Jimenéz, constituida en actor civil, se demuestra que no hubo dolo por parte del funcionario.
Se recuerda que los comunicadores Francisco Alcántara Sánchez y José Alcántara Sánchez acusaron, en una rueda de prensa, a Tomas Alexander Santana de robarse dos aires acondicionados de la institución.
Sin embargo, la Dirección General de Migración confirmó que dichos equipos fueron movilizados del Centro de Acogida Vacacional Haina, con los permisos requeridos, para ser trasladados al Centro de Acogida Dajabón, donde, finalmente, fueron recibidos por el coordinador de dicho puesto fronterizo el 9 de mayo del presente año, pasadas las 5:00 de la tarde.
“Previo a su destino final, los aires fueron guardados en un depósito familiar, ya que la pretensión inicial era partir a tempranas horas del día siguiente hacia la provincia de Dajabón. Sin embargo, un compromiso institucional alteró el orden de lo pautado por Tomás Alexander Santana”, estableció la abogada.
La citación está pautada para el miércoles 4 de septiembre, a las 10:30 de la mañana, con la oportunidad de que los comunicadores lleguen a un acuerdo con la víctima y reparen el daño causado a la imagen y el honor, por causa de los comentarios infundados.
¿Qué establece la norma?
De acuerdo con la Ley No. 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, la difamación e injuria pública hecha a través medios electrónicos, informáticos, telemáticos, telecomunicaciones audiovisuales, conlleva una pena de hasta un año de prisión, multa de hasta quinientas veces el salario mínimo, sin desmedro de los daños y perjuicios que a modo de reparación pueda demandar la parte agraviada.
Es importante señalar que la Constitución Dominicana reconoce el derecho a la imagen, el buen nombre de las personas.